
Tras años de disputa, Livia Brito pierde juicio contra paparazzi y deberá pagarle millonaria indemnización
En 2020, el fotógrafo Ernesto Zepeda fue golpeado por la actriz cubana y su entonces novio, Mariano Martínez.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado de manera definitiva la sentencia que obliga a la actriz cubana-mexicana Livia Brito a pagar una indemnización por daño moral al fotógrafo Ernesto Zepeda, cerrando así un proceso judicial que ha captado la atención pública desde 2020.
La decisión, tomada el 25 de junio, representa un hito en la defensa de la libertad de expresión y el derecho de los medios de comunicación a documentar la vida de figuras públicas, según información difundida por Radio Fórmula y recopilada por el periodista Javier Ceriani.
Hace poco más de un mes, Livia Brito celebró en sus redes sociales que la SCJN admitió el amparo en revisión que ella presentó contra la sentencia que la obligaba a indemnizar al fotógrafo.
La actriz, conocida por su trabajo en Televisa, consideró que el caso representaba una oportunidad histórica para que el máximo tribunal del país definiera los límites entre la libertad de expresión de los medios y el derecho a la privacidad de las personas públicas.
En un video publicado en su cuenta de Instagram, Brito expresó: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo el juicio de amparo que promoví para proteger mi derecho a la privacidad y a la propia imagen”.
En ese mismo mensaje, la actriz argumentó que los medios de comunicación no debían inmiscuirse indiscriminadamente en la vida privada de las personas sin consentimiento, bajo el pretexto de realizar un trabajo periodístico.
El caso que enfrentó a Livia Brito y Ernesto Zepeda se remonta a junio de 2020, cuando el paparazzi fotografió a la actriz y a su entonces pareja, Mariano Martínez, durante unas vacaciones en Cancún, Quintana Roo.
Al percatarse de la presencia del fotógrafo, Brito y su acompañante se acercaron a Zepeda y lo agredieron físicamente, causándole heridas que requirieron suturas y destruyeron su equipo de trabajo.
Este incidente marcó el inicio de una batalla legal que se prolongó durante varios años y que puso en el centro del debate la relación entre figuras públicas y la prensa.
En octubre de 2021, Ernesto Zepeda presentó una demanda civil contra Livia Brito y su pareja, argumentando que la agresión le había causado daño moral y secuelas físicas.
En marzo de 2023, un juzgado de la Ciudad de México declaró responsables a Brito y a su acompañante, estableciendo una indemnización de más de un millón de pesos como reparación del daño moral. La actriz impugnó la sentencia, lo que llevó el caso a instancias superiores y, finalmente, a la SCJN.
La SCJN aceptó inicialmente el caso y lo turnó a la Primera Sala bajo la ponencia de la ministra Margarita Ríos. Sin embargo, el 25 de junio de este 2025, el máximo tribunal desechó el recurso de revisión presentado por Brito, confirmando la sentencia a favor de Zepeda y cerrando el caso de manera judicial.
“El proyecto propone, primero, se desecha el recurso de revisión, segundo, queda firme la sentencia recurrida”, señalaron fuentes de la Corte, según lo reportado por el programa de Ceriani.
La abogada Marcela Torres, quien ha seguido de cerca el proceso, explicó que la decisión de la SCJN obliga a Livia Brito a pagar una indemnización a Ernesto Zepeda por las lesiones que le provocó durante el incidente en la playa.
“Ella decía que estaba esperando, que era un precedente importante porque está por encima su privacidad, pero ya dijo la Corte que está por encima la libertad de expresión”, afirmó la abogada, quien detalló que la cantidad que deberá pagar la actriz asciende a un millón 200 mil pesos.
La resolución de la SCJN ha sido interpretada como un respaldo a la libertad de expresión y al derecho de los medios de comunicación a informar sobre la vida de figuras públicas, siempre que se respete la legalidad y la integridad física de las personas involucradas.
El caso de Livia Brito y Ernesto Zepeda ha generado un intenso debate en la opinión pública sobre los límites entre la privacidad y el interés periodístico, así como sobre las responsabilidades legales de quienes ejercen la labor informativa y de quienes, por su condición de celebridades, se encuentran bajo el escrutinio constante de la prensa.
Durante el proceso, Livia Brito insistió en que la protección de la privacidad debía prevalecer sobre el derecho de los medios a difundir información sin consentimiento. En su video de Instagram, la actriz aseguró: “No puede aceptarse que los medios de comunicación se inmiscuyan indiscriminadamente en la vida privada de las personas divulgando información sin consentimiento bajo el pretexto de realizar un trabajo periodístico”.
Sin embargo, la decisión de la SCJN estableció que, en este caso, la libertad de expresión y el derecho a la información prevalecen sobre la privacidad de una figura pública, especialmente cuando se trata de hechos ocurridos en espacios públicos. Infobae (Foto: Captura de pantalla Ventaneando/Instagram@liviabritopes)